El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía, ha decretado el embargo de la indemnización que corresponda al ex consejero de Empleo Antonio Fernández, imputado en la causa y que estuvo en prisión a cuenta de estos hechos entre los meses de abril y agosto de 2012, por su despido en la empresa González Byass.
Así lo establece un decreto dictado el pasado 4 de marzo y notificado este miércoles a las partes, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el Juzgado instructor decreta dicho embargo para que la cantidad que pueda percibir por su despido en la bodega jerezana se destine a hacer frente a la fianza de responsabilidad civil de 807.403.232,44 euros que le fue impuesta por la juez Mercedes Alaya y posteriormente ratificada por la Audiencia Provincial de Sevilla.
El Juzgado recuerda que, por medio de otro decreto dictado el 28 de junio de 2012, se acordó el embargo de "determinados" bienes del imputado, tras lo que la compañía de seguros Generali comunicó al órgano judicial que el ex consejero de Empleo, "en su condición de asegurado del contrato de seguros colectivo de vida, modalidad rentas, suscrito como tomador por la mercantil González Byass", le había remitido un escrito "solicitando la devolución de la aportación que por despido le corresponde".
Según el Juzgado, de esto último "se desprende que dicho imputado es beneficiario de cantidad líquida", por lo que "procede decretar el embargo sobre la indemnización que por despido corresponde" a Antonio Fernández. "Para su efectividad", libra un oficio a Generali a fin de que "proceda a la retención de la cantidad que corresponda al imputado" en razón de dicha póliza "y la ingrese en este Juzgado".
Para justificar esta medida, el Juzgado recuerda que la regulación del procedimiento a seguir para garantizar las responsabilidades pecuniarias viene establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal "mediante su remisión subsidiaria a la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya que poco regula la Criminal", si bien "establece en su artículo 599 una regla a seguir de especial importancia en estas diligencias previas, y es que en el supuesto de que creyese que los bienes del imputado 'no son suficientes, se embargará además los que considere necesarios'". Contra esta resolución cabe recurso de revisión a interponer en un plazo de cinco días hábiles "con expresión de la infracción cometida", no obstante lo cual "se llevará a efecto lo acordado", advierte el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.
Hay que recordar que la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó la fianza de responsabilidad civil de 807.403.232 euros que la juez Alaya impuso al ex consejero al entender que existen "severos indicios de criminalidad" contra el imputado, a quien la magistrada atribuye cuatro delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude de subvenciones y negociación prohibida a funcionario, así como otros dos delitos de cohecho y falsedad en documento mercantil.
Durante la comparecencia de medidas cautelares, la Fiscalía Anticorrupción, además de solicitar el ingreso en prisión del ex consejero del ramo, pidió que se le impusiera una fianza de responsabilidad civil de 890.052.666 euros, para lo que tomó como punto de partida "el papel principal" del imputado en la "trama" creada para "la dación arbitraria e indiscriminada de los fondos públicos de la Junta de Andalucía".
La fianza de responsabilidad civil responde a los fondos que se han ido abonando entre 2001 y 2010 por el IFA e IDEA en virtud del convenio firmado por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en relación a ayudas sociolaborales y ayudas directas, así como a las ayudas a empresas y personas particulares.
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