miércoles, 12 de mayo de 2010

EL ABUSO DEL CANON DIGITAL, SGAE.EN CUESTIÓN!

El Tribunal de la UE cuestiona el canon digital
La abogada general afirma en un dictamen no vinculante que el gravamen "no puede aplicarse indiscriminadamente"
LAIA REVENTÓS - Barcelona - 12/05/2010
El canon digital en España "no puede aplicarse indiscriminadamente". Y sólo debería "gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas". Verica Trstenjak, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), publicó ayer sus conclusiones sobre el caso que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) y la empresa Padawan, propietaria de una tienda de informática en Barcelona, por el canon digital.

SGAE
(Sociedad General de Autores y Editores)



Tribunal de Justicia de la Unión Europea



Sede: Luxemburgo (Luxemburgo)Directivo:Vassilios Skouris(Presidente)

En un 80% de los casos, la sentencia, confirma lo que el abogado recomienda
El dictamen de Trstenjak no es concluyente. Aún falta la sentencia, pero en un 80% de casos aquello que dictamina el abogado general se convierte en fallo definitivo, que llegará previsiblemente en otoño.

Sin sentencia firme, las conclusiones de la abogada sorprendieron gratamente a Ana María Méndez, copropietaria de la tienda. "¡Qué fuerte! Tengo ganas de llorar", exclamó al conocer la noticia por EL PAÍS mientras su abogado, Josep Jover, pedía "prudencia". Jover sí reconocía que si el tribunal decide que la legislación europea sobre derechos de autor no se puede interpretar como lo ha hecho España, los "efectos podrían ser demoledores. España deberá modificar su legislación y Méndez podría reclamar daños y perjuicios al Estado". Sin contar el efecto boomerang en otros países europeos que, en su inmensa mayoría, contemplan la copia privada en su ordenamiento jurídico.

La SGAE, por su parte, no se pronunció al respecto. Si lo hicieron otras entidades de gestión, como EGEDA y DAMA, integradas en Ibercopia Audiovisual, para manifestar que "las conclusiones ratifican la obligación de compensar a los titulares por el uso de sus obras protegidas".

En el pormenorizado análisis de la legislación española y comunitaria realizado por Trstenjak, la abogada destaca que la copia privada sólo "ha de realizarse por una persona física". Es decir, estarían exentos del pago del canon las administraciones públicas, instituciones, bancos, empresas, comercios y cualquier otra persona jurídica

El caso se remonta a 2004. La Sociedad de Autores reclamó a la empresa de Méndez 48.000 euros por el canon sobre los CD y DVD vírgenes. Ella se negó a pagar, la SGAE la demandó y en marzo de 2006 un juez sobreseyó la causa. La alegría duró poco. Una semana después la SGAE volvía a reclamar judicialmente, por otro cauce, el pago de la compensación por copia privada por los CD, DVD y reproductores MP3 comercializados en su tienda entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004. Reclamaba 16.000 euros.

Su abogado alegó que la aplicación indiscriminada del canon "sin distinguir la finalidad a la que van destinados" los productos contradecía la directiva europea, pero el juzgado de primera instancia dio la razón a la SGAE. "El juez llegó a rechazar el escrito de mi defensa por ser un documento de lectura farragosa. Entonces me cabreé, pero visto con perspectiva fue una suerte porque abrió la puerta de la audiencia", recuerda Méndez. La Audiencia Provincial de Barcelona, antes de dictar su resolución a las partes, planteó la cuestión al Tribunal Europeo, cuya abogada general acaba de dictaminar su opinión.

El fallo, si se confirma en otoño, sería histórico. David podría ganar, de nuevo, a Goliat. "Qué gracia, el tribunal europeo lo comentó ese día", dijo Méndez, que no podía describir con palabras su alegría. "Imagínate, son seis largos años de batalla. Entonces tenía dos tiendas y ocho empleados". Hoy conserva una, que gestiona la familia. En estos seis años Méndez ha pensado en arrojar la toalla, "pero no lo he hecho por una cuestión de principios". Mientras espera sentencia, en su cabeza siempre suena un runrún: "Si de esto sólo saco algo para mí no habrá merecido la pena". Parece que no. La abogada de la UE considera que el canon es un abuso.

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