viernes, 4 de enero de 2013

YA ERA HORA!!!!


EL DIARIO.ES

 

Montoro anuncia que el Gobierno publicará una lista con los mayores defraudadores a Hacienda

Será necesario adaptar la normativa vigente para poder publicar una lista con los mayores defraudadores y morosos a la Hacienda Pública

En estos momentos Hacienda está definiendo los parámetros para separar a los grandes defraudadores de los que no lo son.

 

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha anunciado que el Gobierno estudia la manera de adaptar la normativa vigente para poder publicar una lista con los mayores defraudadores y morosos a la Hacienda Pública.

Así lo ha señalado Montoro en el Pleno del Senado durante su defensa del proyecto de ley de medidas tributarias, donde ha recordado que esto se hace en otros países de la UE como el Reino Unido o Irlanda.

El ministro ha explicado que esta medida se justifica porque la lucha contra el fraude descansa, en gran medida, en el cumplimiento voluntario y la conciencia social. " Se trata de que paguen, no se puede decir más claro y en plata", ha dicho.

Con esta finalidad, el Gobierno estudia la precisión de "parámetros objetivos" para configurar el listado, que identificará y publicará el nombre de los mayores defraudadores o morosos con independencia de su actividad económica y condición social, ya sean personas físicas o jurídicas. "No puedo entender tanto sigilo y cautela", ha dicho.

Una medida para luchar contra el fraude

Fuentes de Hacienda han concretado a Europa Press que el "aviso a navegantes" realizado por Montoro no es una medida improvisada y lleva un tiempo en estudio como "una iniciativa más de lucha contra el fraude".

En estos momentos Hacienda se encuentra definiendo los parámetros para señalar solo a los "grandes" defraudadores y morosos y en una fase posterior se determinará qué normativa será necesario modificar, según las mismas fuentes.

En cualquier caso, desde Hacienda se señala que esta medida requerirá inevitablemente introducir cambios en el artículo 95 de la Ley General Tributaria en la que se indica que los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones "tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la imposición de las sanciones que procedan, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros".

La Ley ya establece una serie de casos en los que pueden transferirse estos datos, la mayor parte referidos a la colaboración con otras instancias, como los órganos jurisdiccionales y el Ministerio Fiscal, la Inspección de Trabajo o el Tribunal de Cuentas.

Mantener la confidencialidad con excepciones

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